La utopía del plan de carrera con un contrato mercantil

En la coyuntura actual, es muy frecuente encontrarse ofertas de empleo en las que se ofrece la oportunidad de trabajar mediante un contrato mercantil. Este modelo de contratación NO es un contrato de trabajo, sino un contrato entre dos personas en igualdad de condiciones, donde el trabajador es contratado para realizar una obra o servicio, por los cuales no percibe una nómina, sino una remuneración a través de facturas emitidas a la empresa por los servicios prestados.

Son muchas las organizaciones que no pueden hacer frente a los elevados costes sociales que supone un contrato de trabajo. De aquí la necesidad de buscar candidatos cuya relación con la empresa este vinculada a un contrato como trabajador independiente, un trabajador autónomo que no depende del empresario, no tiene vacaciones, no requiere de indemnización por despido, no se paga seguridad social por él, no percibe retribución cuando se encuentra de baja por enfermedad… en definitiva, un ahorro en los costes laborales de una empresa, que además hace más flexible el mercado laboral.

Un contrato mercantil es un tipo de relación que NO puede estar sujeto al principio de dependencia y el de ajenidad

Es decir, entre otras cosas, el trabajador no tiene la obligación de asistir al centro de trabajo del empleador o al lugar de trabajo designado por este, ni puede estar sometido a un horario establecido, tampoco el empresario puede seleccionar a clientela o personas a atender por el trabajador para ofrecer los servicios/productos de la empresa…

Sólo puede existir un contrato mercantil cuando el trabajador tiene libertad para desempeñar como él quiera la función para la cual ha sido contratado.

Ofertas con contrato mercantil

Por todo lo mencionado anteriormente, me parece verdaderamente incongruente, ofrecer un plan de carrera en una oferta de empleo, cuando posteriormente estamos indicando que se requiere trabajar bajo una relación mercantil.

Entiendo que este tipo de ofertas con contrato mercantil, no suelen ser muy atractivas para las personas en búsqueda activa de empleo, y la única posibilidad de seducir al candidato es ofrecer algo de valor. Sin embargo, se puede hacer atractiva una oferta de trabajo, sin necesidad de caer en utopías, no ofreciendo cosas que son inviables o de difícil puesta en práctica.

Un plan de carrera se basa en precisar la situación futura a la que podrá llegar un posible candidato. Una ruta profesional que dependerá de la formación y experiencia previa que este posee, y que supone una planificación de las diferentes etapas o pasos por las que deberá atravesar, mediante la realización de acciones de formación y desarrollo, para ir adquiriendo los conocimientos, las habilidades y competencias adecuadas para ocupar un nuevo puesto de mayor responsabilidad o posición jerárquica a través de promoción interna.

Y yo me pregunto, ¿Si soy un trabajador autónomo para qué me vendes la moto de que puedo promocionar internamente?. Para hacer compatible un contrato mercantil y un plan de carrera, se hace necesario indicar en la oferta que existe la posibilidad de establecer, tras un periodo de tiempo determinado, una nueva relación a través de un contrato laboral.

Un claro ejemplo

Buscando un ejemplo para mostrar que algunas empresas siguen empeñadas en ofrecer planes de carrera para colaboradores autónomos, me encontré con esta JOYA. Un ejemplo que bien podría usarse como material didáctico en cualquier máster o formación de Recursos Humanos: “Cómo hacer de una oferta de empleo un verdadero enigma”

La imagen que se adjunta a continuación pertenece a una oferta de empleo publicada por una empresa alicantina en un conocido portal de empleo. Obviando que la actividad empresarial del anunciante es la formación y la consultoría en Recursos Humanos, me parece de juzgado de guardia que se intente economizar en el coste de la publicación de una oferta, de la manera en la que esta empresa lo hace. Esta organización publicó dos vacantes para diferentes puestos de trabajo, dentro de una misma oferta, con la consiguiente confusión que puede generar a un candidato, en relación a lo que se requiere y a lo que la empresa ofrece para ese puesto.

oferta empleo contrato mercartil 1

¿Hubieras sido capaz de deducir que en la oferta se ofrecen dos puestos de trabajo diferentes? ¿y hubieras sabido qué descripción y requisitos corresponden a uno u otro puesto? ¿Inglés valorable o nivel alto?. Para responder a esta pregunta, te adjunto la misma oferta publicada en otro de los canales de difusión que utilizaron, una web corporativa vinculada a la empresa.

oferta empleo contrato mercartil 2

Mucho más claro, ¿no? Por si todo esto no fuera poco, la descripción de la oferta incluye diferente información en función del lugar donde se ha publicado. En esta última imagen podrás observar, entre otras diferencias, que se ofrece Plan de Carrera y Contrato mercantil, algo no mencionado en la oferta del portal de empleo.

Redactar una oferta de empleo, se ha convertido en un verdadero arte. Seamos coherentes con lo que ofrecemos y requerimos en nuestras ofertas.

Víctor Candel

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7 comentarios en “La utopía del plan de carrera con un contrato mercantil

  1. Consultor RRHH dice:

    Justamente es una realidad que todas las personas que buscan empleo viven,actualmente está de moda el buscar un freelance con el sueldo mismo que un empleado ( 5€/h) pero que además de tener que pagarse él sus autonómos,no tener paro,no tener pagas extras ni seguro,le obligan a cumplir un horario laboral de 8 horas.Muchas ofertas las cuales no tienen reparo en indicar el nombre de la empresa ofreciendo estas condiciones,cuando es ilegal…España no es lo que era ni nunca llegará a serlo,porque mientras las personas viven necesitadas,aceptan estas condiciones deplorables sin denunciar ni opción a poder pronunciar su impotencia.

  2. Eva Martínez Amenedo dice:

    Muy buen post Víctor, el tema es realmente interesante: Artículo 1 del Estatuto de los trabajadores (o las cinco notas determinantes de la existencia de una relación laboral) carácter personalísimo de la prestación de servicios, voluntariedad, ajenidad, dependencia y retribución. Efectivamente, si el la relación es mercantil se supone que lo es porque no concurre dependencia, ni la nota de ajenidad ni el carácter personalísimo…y siendo así es un buen galimatías ofrecer un plan de carrera o, como digo yo siempre, a ver cómo se lo explicas luego al juez. Al final, el problema se resume en lo de siempre: parece que hay quienes olvidan que la verdadera naturaleza de la relación (laboral o no en función de si concurren o no estas cinco notas) es la que manda y no la forma jurídica que ambas partes acuerden darle, y que por mucho contrato mercantil que firmen ambas partes de mutuo acuerdo la naturaleza de la relación no la cambian por eso. Al final el atrayente ahorro de costes que deriva de creernos que la relación es mercantil porque decidimos en su día llamarla así a la larga se termina pagando caro, entre otras cosas porque el contratado termina lógicamente reivindicando la laboralidad y máxime si se prevé que hay una intención de dar por finalizado su contrato. Al final (con perdón) todo esto se convierte en un engañabobos.

  3. Lidia Vega dice:

    ¡Hola Víctor!

    No puedo estar más de acuerdo con este post, porque de hecho lo he vivido.

    El año pasado cuando me encontraba buscando trabajo, me inscribí en una oferta de X empresa donde detallaba «contrato laboral». A los pocos días, me llamaron para la entrevista (no me daba buena espina, pero fui para salir de la duda), después de dos o tres preguntas como por ejemplo: ¿cuánto ganabas en tu anterior trabajo?, me comentaron que si superaba la entrevista, me llamarían para una segunda y después haría un curso, y si finalmente superaba el curso podría comenzar a trabajar en la empresa.

    Cuando me indicaron que si tenía alguna pregunta, no dudé en preguntarles si el contrato como ponía en la oferta era laboral. Habían dos personas en la sala, el señor que me hacía la entrevista, dijo que si era laboral, y otro señor que estaba sentado más retirado de nosotros, comentó que hubo un problema al subir la oferta y que el contrato no era laboral sino mercantil, pero que la empresa me pagaba la seguridad social.

    ¿Perdona? ¿Te puedes imaginar mi cara verdad? Cuando intentó explicármelo, le dije educadamente: sé como funciona un contrato mercantil, siendo así lo siento pero no me interesa, me inscribí en la oferta pensando que era laboral, siento que hayan perdido su tiempo conmigo. (Por ser educada, más bien tenía ganas de decirles otras cosas, pero me aguanté).

    En esto de las ofertas de trabajo hay mucha letra pequeña, nos quieren vender la moto a toda costa e intentan taparnos los ojos. Se debería poder denunciar estas ofertas. Pero bueno, de todo se aprende y son cosas que te vas encontrando cuando estás buscando trabajo… espero que durante mucho tiempo no tenga que volver a enfrentarme a estas situaciones nuevamente.

    Un saludo!

    Lidia Vega

    1. Víctor Candel dice:

      Buenas tardes Guadalupe.

      Comparto tu comentario. Como decía en el post, se trata de toda una JOYA, digna de caso práctico para un aula, sobre cómo no se debe redactar una oferta de empleo.

      Sinceramente, no he querido ahondar mas, enumerando los múltiples errores detectados, pero me parece un «corta y pega» de diferentes ofertas, en un intento frustrado de dar la apariencia de redacción profesional.

      Un saludo

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